La Coordinadora Independiente de Militares para la Democracia, en relación al
ASUNTO: adaptación de la Ley del Aborto a la Administración Militar Emite la siguiente nota de prensa.
Se expone que:
Se hace necesaria una comunicación formal del gobierno de España al Ministerio de Defensa al objeto de que este ministerio pueda emitir las órdenes que conciernan a los organismos, instituciones, personal militar, y funcionarios civiles de la Administración militar al objeto de que se adapten los procedimientos, al procedimiento común del Estado. Los organismos a los que afecta la Ley son Sanidad Militar, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Estos organismos deben dar traslado de las normas a los profesionales civiles y militares, médicos, enfermeros y funcionarios a quienes afecte la Ley, siguiendo el procedimiento común con indicación de: Base legal, norma, y artículos que les afecta. Cometidos que se les ordenan. Autoridad a la que presentar las alegaciones que a su derecho estimen los interesados. Plazo para presentar alegaciones.
Concluimos:
Mientras no se establezca una información de la orden por procedimiento administrativo común, los profesionales de la sanidad militar y de la administración militar, tienen todo el derecho a su favor para ignorar la orden verbal de facilitar que en el entorno militar se instruyan y diligencien expedientes de aborto.
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