El Colegio de Médicos de Sevilla abordará el día 3 de noviembre la objeción de conciencia. Otro colegio, el de Toledo, ha planteado ante el TSJCM una cuestión sobre la Orden de esa Comunidad sobre la aplicación de la Ley del Aborto.
Se puede decir que después de un cuarto de siglo de abortismo en España, al menos un 2% de los Colegios de Médicos han cuestionado judicialmente algo, y que ésto ha trascendido a la opinión pública.
El abortismo es la aplicación de un error del pensamiento humano, individual y colectivo, con una consecuencia catastrófica irreversible. Ese error se materializa en el hecho de que unas personas colaboren en la aniquilación de un ser humano dentro del vientre de su madre, con anuencia de ésta.
Las personas que participan en ese acto, y quienes lo apoyan, promueven, y justifican están en un error de pensamiento, con consecuencias irreversibles para muchos, y graves para la mujer a la que inducen el aborto. El ginecólogo Esteban Rodriguez asegura que "en este drama siempre hay un niño que muere y una madre que sufre".
ANÁLISIS DEL ERROR:
El error es ideológico, y se sostiene en una situación de vulnerabilidad de la mujer.
Es ideológico pues se sostiene en una ideología que no considera digno de ser protegida la vida del ser humano en el cláustro materno.
Se sostiene en la situación de vulnerabilidad de la mujer por su condición natural poder gestar, cuando como consecuencia de sus relaciones sexuales se produce un embarazo.
El error se divulga intencionadamente, por medio de lobistas que tienen la intención de convertir en negocio, esa situación: resolver un problema que tiene una mujer ofuscada a causa de un embarazo imprevisto.
Los lobistas construyen una terminología paralela para suavizar y disimular el objeto de su trabajo, del mismo modo que el verdugo disimula el suyo con eufemismos, y siglas.
Se sensibiliza a la opinión pública con casos extremos, estadísticamente irrelevantes y que previamente manipulados ofuscan las soluciones humanas, y presentan soluciones terminales como emocionalmente justificables.
El abortismo se convierte en bandera de movimientos políticos que lo incluyen en sus programas publicitarios, y reincidentemente se presenta en vías políticas para pasar por fases de despenalización de un acto criminal en unos supuestos, a ser considerado "derecho", y como tal derecho ser ofrecido como "servicio a usuarias" de la Sanidad.
Por tanto estamos ante un error que transforma un crimen en un aberrante derecho, que afecta a los profesionales de la Sanidad, al ser considerado "servicio a ofertar a las usuarias".
CÓMO RESOLVER LAS CONSECUENCIAS DE ESE ERROR EN EL AMBITO SANITARIO.
Los Colegios de Médicos al recibir la comunicación de la Ley mediante las Ordenes de las autoridades sanitarias, debe estudiar la Orden bajo el prisma de su código deontológico, y consecuentemente por vía Administrativa expresar a la Autoridad que dicta la orden las Alegaciones al cumplimiento de la misma que colegiadamente se observen.
La autoridad administrativa sanitaria, deberá resolver las alegaciones del colegio de médicos, y darle opción de recurrir en vía judicial lo resuelto en vía contencioso administrativa.
De este modo se puede llevar a vía judicial la causa del error, y no conformarnos con la anécdota.
QUIÉNES PUEDEN Y DEBEN ALEGAR CONTRA LA ORDEN Y LA LEY
Cualquier ciudadano que viendo que se produce una infracción de los derechos humanos, observe cualquier irregularidad.
Cualquier ciudadano a quien le afecte la Ley y considere que se producen perjuicios de difícil e impolible reparación.
Los órganos colegiados.
QUE SE DEBE ALEGAR:
LO FUNDAMENTAL Y LO ANECDÓTICO.
La estrategia manipuladora consiste en presentar algo grosero con un detalle dicotómico. Mientras se debate la dicotomía, se cuela lo grosero.
Así por ejemplo, el único Colegio de Médicos que ha osado plantear en sede judicial la cuestión del aborto, lo hace sobre lo anecdótico, pues la Ley prevé la objeción de conciencia del personal "sanitario directamente implicado". De este modo con dos calificativos excluye al personal no sanitario, y al personal sanitario que no sean los propios abortistas. Indciendo de este modo hacia la anécdota cualquier intento de alegación.
POR LO QUE NOS PROPONEMOS: sensibilizar a los Colegios de Médicos de España, a que en vía administrativa presenten escritos de alegaciones a las Consejerías de Salud que hayan emitido órdenes, y al Gobierno de España, en las Comunidades donde las Consejerías no hayan emitido órdenes. Y consecuentemente, llevar a vía judicial por PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO las obligaciones de los médicos a la participación en el aborto, como MATERIA QUE NO ES DEL PERSONAL SANITARIO YA QUE LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS PREVALECEN PARA UN MÉDICO COLEGIADO A UNA LEY QUE TRATA DE DAR COMETIDOS A MÉDICOS, EN MATERIA QUE NO ES DE SU INCUNVENCIA: EL ABORTO.
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